Nov 08

MINISTERIO DE SALUD Y DEPORTES

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS DE SALUD

Av. 600 Agosto. Edif.lasOos Torres No. 2577, 5to. Piso- Telt 2430040-2430050- Pagina web: www.inases.gov,bo·Fax:2430070-C8siIla1OO7-laPaz-Bolivia Codlabamba - CaIfe H.~a N~ &-366 Sto. PiSo T’6If. 4581561 - Santa Cruz· Calle Santa BAmara N” 201 Telf. 334053

SOLICITADA

 

Como es de conocimiento de la ciudadanía en general, la toma de instituciones en el Departamento de Santa Cruz por personas descalificadas, motivadas por intereses políticos, económicos, vienen realizando la toma injustificada al margen de la Ley, entre las que se encuentra la administración de la CAJA PETROLERA DE SALUD (Regional Santa Cruz), institución de salud que aun no ha sido devuelta para el cumplimiento de sus funciones que le son encomendadas en el marco de la Ley, funciones que desarrolla en el campo de la otorgación de prestaciones de salud a su población protegida, afectando su normal actividad dando lugar a suspender tramites de afiliación, falta de entrega de planillas de aportes por parte de las empresas y sobre todo poner en peligro la salud de los afiliados, beneficiarios, vulnerando de esta manera la Constitución Politica del Estado en los Articulos 7″, 158°, Código de Seguridad Social y disposiciones conexas.

 

Como es de conocimiento de la ciudadanía en general, la toma de instituciones en el Departamento de Santa Cruz por personas descalificadas, motivadas por intereses políticos, económicos, vienen realizando la toma injustificada al margen de la Ley, entre las que se encuentra la administración de la CAJA PETROLERA DE SALUD (Regional Santa Cruz), institución de salud que aun no ha sido devuelta para el cumplimiento de sus funciones que le son encomendadas en el marco de la Ley, funciones que desarrolla en el campo de la otorgación de prestaciones de salud a su población protegida, afectando su normal actividad dando lugar a suspender tramites de afiliación, falta de entrega de planillas de aportes por parte de las empresas y sobre todo poner en peligro la salud de los afiliados, beneficiarios, vulnerando de esta manera la Constitución Politica del Estado en los Articulos 7″, 158°, Código de Seguridad Social y disposiciones conexas.

 

 

 

La Paz, Octubre 6 de 2008.

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May 20

El Instituto Nacional de Seguros de Salud en fecha 8 de enero y con la presencia de la entonces Ministra de Salud y Deportes Dra. Nila Heredia Miranda posesionó al Director General Ejecutivo Dr. Romel Y. Rivero Herbas.

De acuerdo a la Ley 3315 Ley de Organización del Poder Ejecutivo, del 21 de febrero de 2006, que el D.S. 28631 del 8 de marzo de 2006, en su articulo 31, establece que las instituciones Publicas Descentralizadas están a cargo de un Director General Ejecutivo que ejerce la representación institucional y es designado mediante Resolución Ministerial.
El articulo 2 del D.S. 28813, determina que el Instituto Nacional de Seguros de Salud INASES, pasa a constituirse en Institución Publica Desconcentrada, con personería jurídica propia, independencia de Gestión administrativa, financiera, legal y técnica, sobre la base de la normativa interna del Ministerio de Salud y Deportes, bajo dependencia directa del Ministro de Salud y Deportes y dependencia funcional del Viceministro de Salud. Que el art. 3 inciso i) de la Ley 3351, establece como atribución y obligación del Ministro de Salud y Deportes, el designar y remover al personal de su Ministerio de conformidad con las normas y procedimientos establecidos par el sector publico.

Escrito por admin